martes, 21 de octubre de 2008

El Pastor General

ASESOR

Perfil y Funciones.

Es el que guía la comunidad, viene a ser el centro unificador de todas las fuerzas de la comunidad. Es el principal responsable e interesado en promover y estimular el crecimiento en la fe y el trabajo Apostólico de su comunidad.
El Catequista Pastor General tiene la función de enseñar y regir, funciones que solo puede desempeñar en comunión jerárquica con la cabeza y con los otros Pastores Generales.

08julio06 

Ha de estar al completo servicio de su Comunidad, ha de evitar arrastrarlos hacia sus propios criterios, aunque sean muy apostólicos, manteniéndose fiel a los objetivos de Iglesia Joven.
Tiene potestad de gobierno ordinario únicamente sobre los miembros y bienes de su comunidad. Puede mandar en virtud de la promesa de obediencia y tiene el derecho y el deber de tomar la decisión final.
Su decisión final perfectamente debe tener el consentimiento de su cenáculo de comunidad.
Port006

Es quien promueve el espíritu de la comunidad primitiva específica (Jerusalén, Antioquía, Roma, Efeso, Corinto ó Tesalónica), guarda la tradición, los signos y símbolos de la Comunidad e incluso los transmite de la manera más fiel a sus orígenes.
Gobierna animando y anima gobernando.
Ejerce su autoridad escuchando a los miembros de su comunidad en un frecuente coloquio, personal con cada uno, promoviendo la comunión de espíritu, de bienes, de pensamientos y de acción.
En toda esta labor de animación y gobierno el pastor general está asistido por se Cenáculo de Comunidad.


Imagen 043

El Catequista Pastor General no tiene autoridad sobre el Itinerario Pedagógico. No tiene competencia de derecho para elegir a los que asistirán a una Asamblea de Crecimiento aunque sí le corresponde, con consentimiento de su Cenáculo de Comunidad, opinar sobre cada uno de los candidatos a asistir a cualquier Asamblea del Itinerario Pedagógico; ésa competencia le corresponde al Asesor del nivel con consentimiento de la Animación Local.


HPIM5090

Todas las decisiones del Pastor General deben tener carácter moral, sus juicios deben tomar en cuenta la corresponsabilidad en el gobierno de la comunidad de todos los miembros de la

Comunidad, su decisión final preferentemente debe tener el consentimiento del Cenáculo de Comunidad.


Elección y duración del cargo.

25 AÑOS

Es la Animación de Iglesia Joven quien confirma a los que han sido legítimamente propuestos y los nombra.
Cada vez que el oficio de Pastor General está vacante será el Cenáculo de Comunidad quien propondrá una terna de candidatos para ocupar el puesto en un plazo no mayor de tres semanas; pasado éste tiempo será la Animación Local de Iglesia Joven por derecho elegir el Pastor General de la Comunidad específica.
Para elegir la terna, el Cenáculo de Comunidad hace entre los miembros de Iglesia Joven que ya han hecho su Asamblea de Identificación una “consulta”, la cual garantiza la corresponsabilidad de todos los miembros del gobierno de la Comunidad.
IMG_0025

Se requiere que los candidatos a Pastor General sean:

  • Testigo por la firmeza de su fe reflejada en sus obras, de que Cristo ha resucitado.
  • De buenas costumbres, piadoso, prudente.
  • De buena fama.
  • Con comprobada vocación para trabajar con jóvenes.
  • Debe haber alcanzado satisfactoriamente al menos el nivel de Confirmación del Itinerario Pedagógico o en su defecto el nivel más alto en toda la Comunidad.
  • Debe ser mayor de 20 años o el mayor de la Comunidad preferentemente.
  • Sin vicios de ninguna índole.
  • En comunión con la Iglesia.
  • Soltero.

joven06
Dentro del Cenáculo de Comunidad no tiene derecho a voto para elegir a los candidatos a Pastor General:

  • El incapaz de actos humanos.
  • El que no frecuenta asiduamente el Cenáculo pese a ser miembro.
  • El que no frecuenta los sacramentos.
  • El que se ha apartado notoriamente de la comunión con la Iglesia.
  • El que no tiene crecimiento en la fe.
  • El que no tiene apostolado concreto.

tema03
El procedimiento de la elección de cada uno de los candidatos es similar a la elección del Animador de Iglesia Joven (ver art. 23 del concilio).
Cada miembro del Cenáculo de Comunidad deberá guardar un voto de silencio en cuanto a los miembros que son candidatos propuestos.
El juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde la Animación con el debido consejo de su Cenáculo General.
pascua-a2008

La duración del cargo del Pastor General deberá ser de dos años a partir de la fecha que resulte electo, pudiendo ser reelecto por otro período de dos años en la misma Comunidad.

La Eucaristía de proclamación del Pastor General debe hacerse en un plazo no mayor de mes y medio desde la fecha en que fue electo. Será desde ese momento que podrá ejercer su oficio de pleno derecho.


CORO 04

Antes de tomar posesión de su oficio, el que resultó electo debe hacer la profesión de fe y prestar su compromiso de fidelidad a Iglesia Joven a través de la Animación Local.


Diapositiva2

Si el Pastor general, en caso de faltar a la moral, faltar a la ética cristiana, inasistencia a su nivel de crecimiento en la fe, y/o incumplimiento de sus funciones, a juicio del Cenáculo General, será la Animación Local quien le hará un llamado de atención al Pastor General; si la conducta negativa persiste, será todo el Cenáculo General quien nuevamente le hará un llamado de atención. Procede la destitución en caso de no tener una respuesta positiva del Pastor General; el Cenáculo General junto con el Asesor Espiritual de la Comunidad Local serán quienes tomarán la decisión de destituirlo de su cargo.